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Descripción

Esta obra presenta el estado actual de la cuestión relativa a la objeción de conciencia en el Derecho argentino, procurando una mirada de conjunto a los distintos ámbitos donde se han presentado casos concretos de su ejercicio, o es previsible que se presenten en el futuro inmediato. Se ha tenido en cuenta lo que se registra en el Derecho comparado, sin pretensión de exhaustividad por la enorme variedad de situaciones, legislaciones y casos existentes, aunque permite extraer enseñanzas y establecer oportunas comparaciones. En particular se ha prestado atención a los desarrollos que se suceden en los países latinoamericanos y también, por la relevancia e influencia que suele tener, a la jurisprudencia de los tribunales internacionales de derechos humanos.

Del mismo modo que resulta incuestionable la existencia de la libertad de conciencia, ampliamente garantizada por el Derecho internacional de los derechos humanos, para algunos es menos evidente que exista un verdadero y propio derecho subjetivo a plantear la objeción de conciencia, siempre y todos los casos. Sin embargo, el reconocimiento de ese derecho en sentido propio se ha venido abriendo paso fundamentalmente en la jurisprudencia, al punto que se podría decir que es ya algo asentado en el ordenamiento jurídico.

El autor sitúa este trabajo en el ámbito del "Derecho eclesiástico del Estado", denominación que puede suscitar perplejidad, incluso en juristas experimentados. Esta rama del Derecho abarca múltiples asuntos, tanto de derecho público como de derecho privado, que tienen por protagonistas no solamente al Estado y a las confesiones religiosas en cuanto tales, sino a los individuos, a partir del reconocimiento de su derecho individual y subjetivo a la libertad religiosa y de conciencia. Tiene que ver con las convicciones de las personas, incluso no necesariamente religiosas.

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